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Se modifica el procedimiento sancionador de la Inspección de Trabajo (Real Decreto 1011/2023, de 5 de diciembre)


25 de diciembre del 2023

El RD 1011/2023, establece, con efectos de 06/03/2024, la simplificación del procedimiento sancionador de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.


Con la modificando del reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social (Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo) y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social (Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero) se incorpora un sistema alternativo de notificación para las actas de liquidación o infracción de gran volumen, se establecen como modos habituales de acreditación de la representación y se crea un nuevo Registro Electrónico de Apoderamientos. 

Esta nueva normativa permitirá agilizar y simplificar los procedimientos sancionadores del Organismo de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (OITSS). Concretamente, las nuevas medidas permitirán que esta administración y las comunidades autónomas se adhieran a plataformas o aplicaciones informáticas diseñadas para este fin, que se encarguen de tramitar el procedimiento sancionador en el orden social en un entorno tecnológico compartido e integrado.

Se modifica también el artículo 22 del Reglamento para aclarar que el cómputo de los términos y plazos establecidos en esta norma, así como el régimen de notificaciones y comunicaciones, deben atenerse también a lo establecido en las normas que se dicten en su desarrollo

Por otro lado, también se creará un Registro Electrónico de Apoderamientos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (OITSS), que facilita la relación con el ciudadano o el sujeto inspeccionado, al mismo tiempo que ayuda a la gestión de las sanciones. El Real Decreto aprobado modifica los reglamentos de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social aprobado en el año 2000, en materia de administración electrónica.

Finalmente, se establecerá un convenio de colaboración entre el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y las comunidades autónomas, que permitirá la transmisión recíproca de información y datos de los procedimientos sancionadores.

Estas modificaciones entrarán en vigor a los tres meses de su publicación, es decir, el 6 de marzo de 2024.



FUENTE: Iberley

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