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Publicada en el BOE la Ley de creación y crecimiento de empresas: Ley Crea y Crece


4 de octubre del 2022

El BOE de 29 de septiembre de 2022 publica la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, conocida como “Ley Crea y Crece”, que tiene por objetivo impulsar la creación de empresas y facilitar su crecimiento y expansión.


Dicha ley busca promover el dinamismo del tejido productivo y dar respuesta a las recomendaciones específicas de diversos organismos internacionales con el fin de mejorar el clima de negocios y aumentar el tamaño y la productividad en las empresas.

Con ello, la Ley Crea y Crece introduce medidas para acelerar la constitución de empresas, como la eliminación de la exigencia de 3.000 euros de capital social mínimo para crear una sociedad, que ahora pasará a ser de 1€.

Por otra parte, también implicará una mejora de la regulación y eliminación de obstáculos a las actividades económicas, la cual modifica la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.

Además, la Ley lucha contra la morosidad comercial incorporando nuevas medidas, como el impulso de la transparencia con respecto a los períodos de pago de las operaciones comerciales, o la ampliación de las obligaciones de expedir y remitir facturas electrónicas a todos los empresarios y profesionales.

Finalmente, el cambio supondrá una mejora de las vías de financiación para promover el crecimiento empresarial. Esto mejorará la flexibilidad de los mecanismos de financiación alternativa como el crowdfunding, la inversión colectiva y el capital de riesgo.

La entrada en vigor de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, se producirá a los 20 días de su publicación en el BOE, salvo:

El capítulo V, que entrará en vigor a partir del 10 de noviembre de 2022.

El artículo 12, relativo a la facturación electrónica entre empresarios y profesionales, que producirá efectos, para los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a 8.000.000 de euros, al año de aprobarse el desarrollo reglamentario. Para el resto de los empresarios y profesionales, producirá efectos a los dos años de aprobarse dicho desarrollo reglamentario. A su vez, la entrada en vigor de este artículo 12 está supeditada a la obtención de la excepción comunitaria a los artículos 218 y 232 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido.



Acceso al BOE / Acceso a la disposición del BOE en pdf 

FUENTE ADADE CENTRAL

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