ICARIA
  • Inicio
  • Quiénes somos
  • Asóciate
  • Colaboradores
  • Blog
  • Contacta
  • Intranet

Blog

  1. Inicio
  2. Blog

Gasto por provisiones y gastos de difícil justificación en autónomos dependientes


18 de mayo del 2023

Si usted es un autónomo en estimación directa simplificada, antes de aplicar en su IRPF el gasto por provisiones y gastos de difícil justificación compruebe si le es de aplicación la reducción para autónomos dependientes.

Hasta 2.000 euros. Si usted desarrolla su actividad como empresario individual y está acogido al régimen de estimación directa simplificada del IRPF, puede deducirse como gasto un 5% del rendimiento neto en concepto de provisiones deducibles y gastos de difícil justificación, con un máximo de 2.000 euros. Recuerde que, en 2023, de forma excepcional, dicho porcentaje es del 7%, con el mismo límite máximo de 2.000 euros.

Impagados. El hecho de deducir este gasto no afecta a la deducción de los gastos por impagados, que podrá efectuar igualmente si algún cliente o deudor deja de hacer frente a sus pagos. Hace años el gasto por impagados tenía el carácter de provisión (por lo que quedaba dentro del gasto del 5 o 7% anterior y no podía deducirse de forma independiente), pero esto ya no es así: los gastos por impagados han pasado a ser deterioros (ya no son provisiones) y son deducibles.

Reducción alternativa

Para rentas bajas. No obstante, si las rentas de su actividad no son elevadas, antes de deducirse este gasto compruebe si tiene derecho a la reducción por el ejercicio de determinadas actividades económicas. Desde 2023 pueden disfrutar de este incentivo los autónomos que tengan rendimientos netos de la actividad inferiores a 19.747, 50 euros (antes, 14.450 euros) y que no perciban otras rentas distintas superiores a 6.500 euros. La reducción también se ha incrementado:

  • Ahora es de 6.498 euros (5.565 euros hasta 2022) para los autónomos con rentas netas de la actividad de hasta 14.047, 50 euros.
  • Si el rendimiento neto es de entre 14.047, 50 y 19.747, 50 euros, la reducción es de 6.498 euros, menos el resultado de multiplicar por 1, 14 la diferencia entre el rendimiento neto de actividades económicas y 14.047, 50 euros.

Dos supuestos. Usted podrá optar por esta reducción (en lugar de la deducción por gastos de difícil justificación) en estos dos supuestos:

  • Si solo factura a una única persona o sociedad con la que no guarde vinculación.
  • O bien si es un trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE).
  • Eso sí: en ambos casos es preciso que se cumplan ciertos requisitos (entre otros, que los gastos deducibles de su actividad no superen el 30% de sus ingresos íntegros, o bien que al menos el 70% de los ingresos del ejercicio estén sometidos a retención).

Ejemplo. Vea qué incentivo le interesa más si usted es un autónomo TRADE, según el rendimiento neto que perciba cada año:

Concepto

IRPF 2022: Rendimiento neto

12.000

16.000

18.000

20.000

Gasto 5%

600

800

900

1.000

Reducción

2.833 (1)

No aplic.

No aplic.

No aplic.

Es mejor...

Reducción

Gasto

Gasto

Gasto

1. Reducción en 2022: 3.700 - 1, 15625 × (Rendimiento neto - 11.250).


Concepto

IRPF 2023: Rendimiento neto

12.000

16.000

18.000

20.000

Gasto 7%

840

1.120

1.260

1.400

Reducción

6.498

4.272 (1)

1.992 (1)

No aplic.

Es mejor...

Reducción

Reducción

Reducción

Gasto

1. Reducción en 2023: 6.498 - 1, 14 × (Rendimiento neto - 14.047, 50).



FUENTE: ESPACIO PYMES

Volver

Buscar

Histórico

  • 2025
    2025 (201)
    enero (26) febrero (26) marzo (37) abril (39) mayo (43) junio (30)
  • 2024
    2024 (412)
    enero (59) febrero (51) marzo (45) abril (49) mayo (37) junio (25) julio (25) agosto (24) septiembre (18) octubre (26) noviembre (31) diciembre (22)
  • 2023
    2023 (588)
    enero (53) febrero (49) marzo (63) abril (56) mayo (57) junio (53) julio (51) agosto (1) septiembre (46) octubre (55) noviembre (58) diciembre (46)
  • 2022
    2022 (647)
    enero (53) febrero (55) marzo (53) abril (46) mayo (60) junio (56) julio (61) agosto (30) septiembre (58) octubre (58) noviembre (61) diciembre (56)
  • 2021
    2021 (592)
    enero (34) febrero (42) marzo (58) abril (50) mayo (58) junio (58) julio (57) agosto (25) septiembre (51) octubre (48) noviembre (57) diciembre (54)

ICARIA

AEDASIP

Icaria

  • Quienes somos
  • Asóciate
  • Colaboradores
  • Blog

 

  • Contacta
  • Intranet
  • Política de cookies
  • Política de privacidad

Contacta

  • [email protected]

  • Travesía de Tellez, 4, Entresuelo Izquierda,
    28007 - Madrid

Solo 19,95€