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El Instituto Nacional de Estadística define un nuevo índice de referencia para actualización anual de contratos de arrendamiento de vivienda


9 de enero del 2025

El Instituto Nacional de Estadística ha emitido una resolución que establece un índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda. Esta medida, enmarcada dentro de la Ley 12/2023 sobre el derecho a la vivienda, tiene como objetivo controlar los incrementos en los precios de alquiler, asegurando que las subidas sean razonables y no desproporcionadas.

Contexto Legal

La Ley 12/2023, promulgada el 24 de mayo, introduce diversas disposiciones para regular los precios de los arrendamientos de vivienda. En particular, modifica la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, sobre Arrendamientos Urbanos, añadiendo una disposición adicional que requiere que el Instituto Nacional de Estadística desarrolle un índice de referencia antes del 31 de diciembre de 2024. Este índice servirá como límite para la actualización de las rentas, como se detalla en el artículo 18 de la mencionada ley.

Actualización de Rentas

El artículo 18 de la Ley 29/1994 establece que el aumento de la renta de alquiler no debe superar la variación porcentual del Índice de Precios al Consumo (IPC) correspondiente al mes de actualización. Para implementar esta regulación, se deben considerar tanto el IPC como el Índice de Precios de Consumo subyacente, además de evaluar las diferencias en las tasas de crecimiento anual de ambos índices. Se definirán dos parámetros: uno relacionado con el crecimiento a largo plazo del índice y otro que actuará como un moderador de las diferencias, ambos propuestos por la Dirección General de Vivienda y Suelo y la Dirección General de Política Económica.

Definición del Índice de Referencia

Según la resolución, el índice de referencia para la actualización de los contratos de arrendamiento será el menor valor entre la tasa de variación anual del IPC, la tasa de variación anual del IPC subyacente y la tasa de variación anual media ajustada. Esta tasa ajustada se calculará conforme a la fórmula especificada en el anexo de la resolución.

Publicación del Índice

El Instituto Nacional de Estadística se encargará de publicar mensualmente el índice de referencia, que se expresará con dos decimales y se basará en los datos más recientes disponibles.

Entrada en Vigor

La resolución ha entrado en vigor este 1 de enero de 2025, marcando un paso significativo en la regulación del mercado de arrendamientos en el país.

Anexo: Cálculo de la Tasa de Variación Anual Media Ajustada

La tasa de variación anual media ajustada se define mediante la fórmula: 

TVAMAmt = min (β + α × (TVIPCmt − β), β + α × (TVIPCSmt − β)), 

donde TVAMAmt representa la tasa ajustada en el mes m del año t. Los parámetros α y β son establecidos conjuntamente por las autoridades competentes, con α fijado en 0.5 y β en 2, que corresponde al objetivo de inflación a medio plazo del Banco Central Europeo.

 

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