ICARIA
  • Inicio
  • Quiénes somos
  • Asóciate
  • Colaboradores
  • Blog
  • Contacta
  • Intranet

Blog

  1. Inicio
  2. Blog

Campaña de Patrimonio 2024: novedades, obligados a declarar y aspectos clave


29 de abril del 2025

La Campaña de Patrimonio 2024, que se desarrolla en paralelo a la Campaña de Renta, comenzó el 2 de abril y finalizará el 30 de junio de 2025. A pesar de su coincidencia temporal, suele recibir menos atención. Por ello, es fundamental identificar a los obligados a declarar, conocer las novedades normativas y entender el marco general de esta obligación tributaria.

Obligados a declarar

Según el artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio (LIP), están sujetos al impuesto:

  • Por obligación personal, las personas físicas residentes en España, por la totalidad de su patrimonio neto, esté donde esté situado.
  • Por obligación real, las personas físicas no residentes, pero titulares de bienes o derechos situados o ejercitables en territorio español.

Se considerarán situados en España, por ejemplo, los valores no negociados en mercados organizados cuando más del 50 % del activo de la entidad emisora esté constituido por bienes inmuebles en España.

Además, el artículo 37 de la LIP establece la obligación de declarar en los siguientes supuestos:

  1. Cuando la cuota tributaria resulte a ingresar, tras aplicar las bonificaciones o deducciones autonómicas o estatales. Si la base imponible es inferior al mínimo exento, no se está obligado a declarar.
  2. Cuando el valor total de los bienes o derechos supere los 2.000.000 euros, aunque no haya cuota a ingresar. Para este cómputo se consideran todos los bienes y derechos, estén o no exentos, sin descontar cargas, gravámenes o deudas.

También se reconoce el derecho a optar por tributar en España por obligación personal a quienes dejaron de ser residentes durante los ejercicios 2008 a 2010, periodo en que se eliminó temporalmente el impuesto.

Plazos y forma de presentación

  • Fechas clave: del 2 de abril al 30 de junio de 2025. Si la declaración resulta a ingresar y se domicilia el pago, el plazo de presentación vence el 25 de junio.
  • Modelo a utilizar: modelo 714, exclusivamente por vía electrónica.
  • Medios de identificación: Clave PIN, referencia, DNI electrónico, certificado digital o, como novedad, autenticación eIDAS para ciudadanos de la UE.

Los contribuyentes del IRPF que estén obligados a declarar por el IP deberán presentar también la declaración del IRPF, ya sea mediante borrador o modelo correspondiente.

Principales novedades autonómicas

A nivel sustantivo, las novedades más relevantes se concentran en el ámbito autonómico:

Mínimo exento

  • Baleares: aumenta el mínimo exento de 700.000 a 3.000.000 euros.
  • Extremadura: adapta su normativa a la curatela representativa de personas con discapacidad.

Escalas autonómicas

  • Cataluña y Galicia: aplican escalas especiales transitorias por la prórroga del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF).
  • Andalucía: elimina su escala autonómica, aplicándose la estatal de forma supletoria.

Bonificaciones autonómicas

  • Andalucía: no aplica la bonificación general habitual; se sustituye por una bonificación ajustada según la diferencia entre la cuota del IP y del ITSGF.
  • Galicia y Madrid: mantienen el régimen transitorio de bonificaciones por la prórroga del ITSGF.
  • Cantabria: introduce una bonificación del 100 % de la cuota, salvo en patrimonios netos superiores a 3.000.000 euros, en cuyo caso se aplicará una bonificación proporcional ajustada al ITSGF.

Aspectos clave a tener en cuenta

  • El mínimo exento y las bonificaciones pueden variar según la comunidad autónoma.
  • El IP no siempre implica ingreso, pero puede conllevar la obligación de declarar si se supera el umbral patrimonial global.
  • Se refuerza la obligatoriedad de medios electrónicos para la presentación de la declaración.
  • Los contribuyentes del IRPF que declaren el IP deben presentar ambas declaraciones conjuntamente.

La correcta identificación de las condiciones que obligan a declarar y la consideración de los cambios normativos son esenciales para cumplir con las obligaciones fiscales de forma precisa y sin contratiempos en esta Campaña de Patrimonio 2024.

ADADE Central

Volver

Buscar

Histórico

  • 2025
    2025 (201)
    enero (26) febrero (26) marzo (37) abril (39) mayo (43) junio (30)
  • 2024
    2024 (412)
    enero (59) febrero (51) marzo (45) abril (49) mayo (37) junio (25) julio (25) agosto (24) septiembre (18) octubre (26) noviembre (31) diciembre (22)
  • 2023
    2023 (588)
    enero (53) febrero (49) marzo (63) abril (56) mayo (57) junio (53) julio (51) agosto (1) septiembre (46) octubre (55) noviembre (58) diciembre (46)
  • 2022
    2022 (647)
    enero (53) febrero (55) marzo (53) abril (46) mayo (60) junio (56) julio (61) agosto (30) septiembre (58) octubre (58) noviembre (61) diciembre (56)
  • 2021
    2021 (592)
    enero (34) febrero (42) marzo (58) abril (50) mayo (58) junio (58) julio (57) agosto (25) septiembre (51) octubre (48) noviembre (57) diciembre (54)

ICARIA

AEDASIP

Icaria

  • Quienes somos
  • Asóciate
  • Colaboradores
  • Blog

 

  • Contacta
  • Intranet
  • Política de cookies
  • Política de privacidad

Contacta

  • [email protected]

  • Travesía de Tellez, 4, Entresuelo Izquierda,
    28007 - Madrid

Solo 19,95€